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Segundo addendum al título de concesión otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el 9 de noviembre de 1999, en favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., para usar, aprovechar y explotar bienes del dominio público de la federación, y de las obras e instalaciones propiedad del Gobierno Federal; así como para la construcción, mantenimiento y operación de obras, terminales, marinas e instalaciones portuarias y la prestación de los servicios portuarios y conexos en el recinto portuario de Dos Bocas, Tabasco.

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